Punto de Información Catastral

Los Puntos de Información Catastral son oficinas autorizadas por la Dirección General del Catastro en distintas Organizaciones Públicas e Instituciones, fundamentalmente en Ayuntamientos, en las que los ciudadanos pueden acceder a información catastral.

Servicios que presta el Punto de Información Catastral (P.I.C.):

  • Servicio de consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
  • Servicio de consulta y certificación electrónica para los titulares catastrales de datos catastrales protegidos, relativo a inmuebles de su titularidad.
  • Servicio de certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral, relativa al propio solicitante.

Requisitos:

  • Libre acceso para la consulta y certificación de datos catastrales no protegidos que consten en la Base de Datos Nacional del Catastro.
  • Ser titular catastral, su representante o persona autorizada por él, para la consulta y certificación de los datos catastrales protegidos de los inmuebles de su titularidad.

Documentación:

  • Acreditación de la identidad.
  • Acreditación, en su caso, de la representación o de la autorización, que se llevará a cabo con la presentación de los siguientes documentos:
    • Original del documento acreditativo de la representación o de la autorización, o bien copia de los mismos, previa exhibición de los documentos originales.
    • Copia del documento de identificación del autorizante que se acompañará al escrito de autorización.

Tratándose de datos catastrales protegidos, la normativa sobre los Puntos de Información Catastral únicamente permite el acceso a estos servicios a quien figura inscrito en el Catastro como titular catastral, su representante o persona autorizada por él.

Por lo tanto, la falta de coincidencia entre el documento de identificación de quien figure como titular catastral y el del solicitante, actúe por sí o en representación de un tercero, determina que no pueda ser atendida la solicitud, siendo en estos casos precisa la intervención de la Gerencia del Catastro, a la que el interesado deberá desplazarse o bien dirigir un escrito describiendo la situación particular que impide el acceso a los datos catastrales protegidos y solicitando la corrección de los datos que se consideren erróneos.

Tampoco podrán atenderse en el Punto de Información Catastral las solicitudes de quienes se amparen en alguno de los supuestos de interés legítimo y directo establecidos en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

 

Lugar y horario de atención al público:

Ayuntamiento de Chercos – de Lunes a Viernes de 9:30 a 14:00.

 

Formulario de solicitud de datos por el titular catastral.

http://www.catastro.minhap.gob.es/ayuda/formularios_pic/form_titular.pdf

 

Formulario de solicitud de datos por un representante del titular catastral.

http://www.catastro.minhap.gob.es/ayuda/formularios_pic/form_representante.pdf

 

Modelo de autorización de datos del titular catastral.

http://www.catastro.minhap.gob.es/ayuda/modelo_autorizacionpic.pdf


 
Entidad Gestora del Convenio Marco de la Red Provincial Purchena Centro de Información Juvenil